Condiciones generales de venta, entrega y pago de la sociedad limitada Impex Barneveld B.V. constituida en Barneveld, registrada en la Cámara de Comercio con fecha del 15 de octubre de 2015.
Artículo 1 - General
En estas condiciones generales, Impex Barneveld B.V. es la parte que ofrece estas condiciones, mientras que la otra se denomina como comprador.
Artículo 2 - Aplicación
2.1. Estas Condiciones Generales se aplican a todas las promociones, contratos, ofertas y los compromisos correspondientes de Impex Barneveld B.V. y/o en los que esté implicado Impex Barneveld B.V.
2.2. Estas condiciones generales se aplican exclusivamente a todas las promociones, contratos, ofertas y los contratos correspondientes de Impex Barneveld B.V. y/o en los que esté implicado Impex Barneveld B.V., independientemente de una posible referencia (anterior) del comprador a sus condiciones generales u otras. Impex Barneveld B.V. rechaza explícitamente las condiciones generales consideradas aplicables por el comprador y tampoco las ha aceptado.
2.3. Las disposiciones especiales que se desvíen de las condiciones generales de Impex Barneveld B.V. sólo serán vinculantes si han sido aceptadas por Impex Barneveld B.V. por escrito.
Artículo 3 - Oferta y Aceptación
3.1. Todas las ofertas de Impex Barneveld B.V. son sin compromiso, mientras que no se indique lo contrario por escrito. Se considera que se ha llegado a un acuerdo en el momento en que Impex Barneveld B.V. haya aceptado la oferta por escrito o haya comenzado con su realización.
3.2. Si una oferta contiene una oferta sin compromiso y es aceptada por el comprador, Impex Barneveld B.V. tiene el derecho de revocar esta oferta en un plazo de 2 días hábiles después de la recepción de la aceptación.
3.3. Las descripciones en las ofertas son lo más precisas posibles, pero no son vinculantes para Impex Barneveld B.V. Impex Barneveld B.V. se reserva el derecho a realizar modificaciones técnicas. Impex Barneveld B.V. y sus proveedores se reservan el derecho a realizar cambios en sus productos a su propia discreción, ya sea en material, construcción y forma, sin previo aviso.
3.4. Para Impex Barneveld B.V. un acuerdo es únicamente vinculante si la dirección o un representante autorizado lo confirma por escrito. Los pedidos aceptados por representantes u otros (intermediarios), para o en nombre de Impex Barneveld B.V., solo se aceptarán legalmente después de que Impex Barneveld B.V. los haya confirmado por escrito, según lo estipulado anteriormente.
3.5. La cancelación de un pedido realizado solo puede tener lugar con la autorización por escrito de Impex Barneveld B.V., que en ese caso tendrá derecho a cobrar una indemnización de al menos el 15% del valor del pedido cancelado, sin incluir el IVA.
Artículo 4 - Entrega
4.1. Los plazos de entrega indicados nunca se considerarán plazos finales. En caso de retraso en la entrega, Impex Barneveld B.V. deberá declararse en mora por escrito. Impex Barneveld B.V. nunca se responsabilizará de las consecuencias de exceder el plazo de entrega.
4.2. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, la entrega se realizará en fábrica. En ese caso, la mercancía será por cuenta y riesgo del comprador desde la fábrica.
4.3. Impex Barneveld B.V. tendrá derecho a entregar la mercancía comprada a plazos. Cada entrega parcial se considerará entonces como una transacción independiente.
4.4. Impex Barneveld B.V. tendrá derecho a suspender la entrega mientras el comprador no haya cumplido todas sus obligaciones con respecto a Impex Barneveld B.V. Esta suspensión se aplica hasta que el comprador haya cumplido con estas obligaciones.
Artículo 5 - Suspensión
5.1. Impex Barneveld B.V. se reserva el derecho a aplazar el cumplimiento de sus obligaciones o a disolver el acuerdo si, después de la celebración del mismo, Impex Barneveld B.V. tiene conocimiento de circunstancias que hacen temer que la otra parte no vaya a cumplir sus obligaciones.
Artículo 6 - Precios
6.1. Todos los precios se especifican en euros, se aplican a la entrega en fábrica (almacén o taller) y no incluyen el impuesto de valor añadido (IVA), ni otros gravámenes impuestos por las autoridades, ni los gastos de transporte, ni el embalaje.
6.2. Si, después de la celebración del contrato, se producen cambios en los factores determinantes del precio de coste, como, por ejemplo, cambios en los precios de los materiales auxiliares esenciales, las materias primas o las partes de la mercancía a entregar y/o cambios en los tipos de cambio, costes de transporte, cargas sociales, derechos de importación y otros impuestos, Impex Barneveld B.V. tendrá derecho a cargarlos en el precio.
6.3. Los aumentos de precio resultantes de adiciones y/o cambios en el pedido son siempre por cuenta del comprador.
Artículo 7 - Pago
7.1. Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el pago por parte del comprador debe realizarse en un plazo de los 30 días siguientes a la fecha de la factura, sin deducción de ningún descuento. La compensación no está permitida.
7.2. Todos los plazos de pago se consideran plazos finales.
7.3. Impex Barneveld B.V. tendrá derecho en todo momento a exigir el pago por adelantado, el pago en efectivo o una garantía de pago.
7.4. Si Impex Barneveld B.V. tiene alguna reclamación frente al comprador que no se derive de las mercancías entregadas o por entregar o de los trabajos realizados o por realizar en beneficio del comprador, como por ejemplo una reclamación por incumplimiento de dichos contratos, los pagos recibidos del comprador se aplicarán en primer lugar al pago de estas reclamaciones.
7.5. Los pagos realizados por el comprador siempre servirán para (excepto en el caso mencionado en el artículo 7.4) liquidar todos los intereses y costes debidos y, posteriormente, liquidar las facturas vencidas y pagaderas que lleven más tiempo pendientes, incluso si el comprador declara que el pago se refiere a una factura posterior.
7.6. Si el comprador no cumple con una o más obligaciones de pago, o no lo hace a tiempo o en su totalidad, se considerará que el comprador está legalmente en mora, y sin que se requiera ninguna notificación de incumplimiento, el comprador deberá a Impex un interés igual al interés legal de los contratos comerciales, tal y como se menciona en el artículo 6:119a del Código Civil, desde la fecha de vencimiento. Este tipo será igual al tipo de refinanciación fijado por el Banco Central Europeo para su última operación principal de refinanciación realizada antes del primer día natural del semestre en cuestión, más el 7%.
7.7. Además, todos los gastos judiciales y extrajudiciales correrán a cargo del comprador, determinándose los gastos extrajudiciales en un 10% del importe de la factura con un mínimo de 250,00 euros.
Artículo 8 - Reserva de propiedad
8.1. En el momento de la entrega de la mercancía, el riesgo, pero no la propiedad de la misma, se transfiere al comprador. La propiedad de todas las mercancías vendidas y entregadas por Impex Barneveld B.V. al comprador seguirá siendo de Impex Barneveld B.V. mientras el comprador no haya pagado las reclamaciones de Impex Barneveld B.V. derivadas de este acuerdo o de otros similares, y mientras el comprador no haya pagado las reclamaciones de Impex Barneveld B.V. derivadas del incumplimiento de dichas obligaciones, incluidas las reclamaciones en concepto de sanciones, intereses y costes.
8.2. Mientras el comprador no haya pagado las reclamaciones anteriores, no tendrá derecho a establecer un derecho de retención o un derecho de prenda sin posesión sobre las mercancías entregadas por Impex Barneveld B.V. y se compromete frente a terceros que deseen establecer tal derecho, a primera petición de Impex Barneveld B.V., a declarar que no tiene derecho a establecer un derecho de retención. Además, el Comprador se compromete a no firmar ninguna escritura que cree un gravamen sobre la mercancía.
8.3. En la medida en que Impex Barneveld B.V. no pueda hacer valer la reserva de propiedad a la que se refiere el artículo 8.1 de estas condiciones, transferirá la mercancía a entregar al comprador con la reserva de una prenda inmueble.
8.4. En relación con las disposiciones de este artículo, el Comprador tiene la obligación de cooperar en la redacción y firma de un acta de pignoración. Los costes de la misma correrán a cargo del comprador.
8.5. Si el comprador no cumple con las obligaciones derivadas de los artículos 8.1 a 8.4, incurrirá en una multa de 2.500 euros (en palabras: dos mil quinientos euros) pagadera a demanda por cada día y/o parte de un día que el comprador siga incumpliendo sus obligaciones derivadas de los artículos 8.1 a 8.4, sin perjuicio del derecho de Impex Barneveld B.V. a reclamar una indemnización completa.
Artículo 9 - Derecho de referencia
9.1. Sin perjuicio del derecho legal de retención, Impex Barneveld B.V. se reserva el derecho a retener cualquier mercancía del comprador que haya sido puesta a su disposición por cualquier motivo, hasta que Impex Barneveld B.V. haya recibido el pago completo de todas las reclamaciones o haya recibido suficientes garantías del pago de estas reclamaciones por parte del comprador. Impex Barneveld B.V. también tiene derecho de retención si al comprador se le concede una suspensión provisional de pagos o se le declara en quiebra.
9.2. Si el comprador no cumple con sus obligaciones (de pago), Impex Barneveld B.V. tendrá el derecho, después de haber declarado al comprador como en mora, a recuperar los bienes entregados, que seguirán siendo de su propiedad en virtud de lo estipulado en el artículo 8. Una vez recuperados los bienes, este contrato (de compra), sin que haga falta otro acuerdo legal, se rescindirá. El Comprador está obligado a conceder a Impex Barneveld B.V., o a los terceros designados por Impex Barneveld B.V., el acceso al lugar o lugares donde se encuentren las mercancías entregadas para tomar posesión de las mismas.
Artículo 10
10.1. El comprador está obligado a inspeccionar minuciosamente la mercancía en busca de defectos inmediatamente después de la entrega y, si los encuentra, a informar a Impex Barneveld B.V. de los mismos sin demora. Si el comprador no notifica por escrito Impex Barneveld B.V., en un plazo de 8 días a partir de la fecha de entrega, sobre los defectos que podrían haberse detectado mediante una investigación exhaustiva, se considerará que el comprador ha aceptado el estado en el que se hayan entregado los bienes adquiridos, y caducará cualquier reclamación contra Impex Barneveld B.V. en relación con los defectos.
10.2. El Comprador ya no podrá invocar un defecto en la prestación, que no haya podido ser detectado durante una primera inspección minuciosa (como se menciona en el artículo 10.1), si no ha reclamado ante Impex Barneveld B.V. por carta certificada en el plazo de 8 días después de haber detectado o de haber debido detectar razonablemente el defecto. Se considera que el comprador está familiarizado con el funcionamiento del producto y se compromete a instruir a los usuarios.
10.3. El Comprador debe dar en todo momento a Impex Barneveld B.V. la oportunidad de reparar cualquier defecto.
10.4. El Comprador perderá todos los derechos y la autoridad de que disponía por razón del defecto si no ha presentado una reclamación dentro de los plazos mencionados y/o no ha dado a Impex Barneveld B.V. la oportunidad de reparar los defectos y/o no ha puesto el cuidado necesario para descubrir los defectos lo antes posible. El Comprador también perderá todos los derechos y facultades que le correspondan por razón de defectos si, después de la entrega por parte de Impex Barneveld B.V., la mercancía ha sido tratada, procesada, utilizada, ensuciada o dañada de alguna manera.
10.5. El Comprador está obligado a demostrar que las mercancías de las que se queja son las entregadas por Impex Barneveld B.V.
10.6. Impex Barneveld B.V. debe tener la oportunidad de comprobar la(s) reclamación(es) inmediatamente después de recibirla(s). Si, en su opinión, la reclamación está justificada, Impex Barneveld B.V. pagará, a su discreción, una compensación hasta un máximo del valor de la factura de los bienes entregados o sustituirá los bienes entregados gratuitamente tras su devolución en su estado original. Impex Barneveld B.V. no estará obligada a pagar ninguna otra indemnización o gasto, sea cual sea su denominación.
10.7. El comprador solo tendrá derecho a devolver la mercancía previo acuerdo por escrito entre Impex Barneveld B.V. y el comprador.
10.8. Si Impex Barneveld B.V. retira la mercancía de acuerdo con el artículo 10.7, tiene derecho, incluso si el embalaje no está roto, a inspeccionar técnicamente la mercancía devuelta, por lo que tiene derecho a cobrar al comprador una compensación del 10% del importe bruto de la venta. En este caso, Impex Barneveld B.V. también cobrará una cantidad fija de 25 euros como compensación parcial por la administración, la gestión del almacén y la tramitación contable.
Artículo 11 - Garantía
11.1. Impex Barneveld B.V. garantiza la calidad de las mercancías que ha vendido y entregado durante el periodo de garantía.
11.2. Impex Barneveld B.V. responde de todos los defectos demostrables de la mercancía que ha entregado en lo que respecta a defectos de fabricación o de material, siempre que las reclamaciones en cuestión se hagan por escrito dentro del periodo de garantía o de los plazos indicados en el artículo 10.
11.3. Las garantías se aplican en la medida en que se estipulan en los certificados de garantía o en los acuerdos de garantía independientes y en la medida en que se cumplan las condiciones establecidas en ellos.
11.4. Impex Barneveld B.V. también se responsabiliza de cualquier fallo de montaje realizado por Impex Barneveld B.V., siempre que se le haya notificado en los 8 días siguientes a la realización de los trabajos.
11.5. La garantía incluye la reparación o sustitución gratuita de los productos defectuosos o la ejecución correcta de los pedidos que no se hayan realizado correctamente, todo ello a discreción de Impex Barneveld B.V. Si, en opinión de Impex Barneveld B.V., la reparación de los bienes defectuosos o la entrega de bienes de buena calidad o la realización de trabajos correctamente ya no es posible o no merece la pena, el comprador tendrá derecho a un crédito hasta el valor de la factura de los servicios y/o bienes entregados.
11.6. Los derechos de garantía caducan si:
Artículo 12 - Responsabilidad y garantía
12.1. Sin perjuicio de las demás disposiciones de estas condiciones generales, Impex Barneveld B.V. no se responsabilizará de ninguna pérdida o daño, sea cual sea el motivo, incluyendo todas las pérdidas o daños directos e indirectos, como las pérdidas consecuentes o las pérdidas comerciales, excepto la responsabilidad por pérdidas o daños causados intencionadamente o por negligencia grave por parte de Impex Barneveld B.V., sus empleados y/o agentes.
12.2. Si y en la medida en que Impex Barneveld B.V. sea responsable, por el motivo que sea, esta responsabilidad se limitará en todo momento, en caso de daños directos, al importe máximo de la factura. En los casos en los que las consecuencias de las disposiciones de este artículo conduzcan a resultados manifiestamente irrazonables, esta disposición podrá desviarse previa consulta mutua.
12.3. La responsabilidad de Impex Barneveld B.V. se limitará en todo momento a la cantidad por la que esté asegurada. El 1 de julio de 2015, el pago máximo por evento es de 2.500.000 euros. El importe máximo pagado por el seguro al año es de 5.000.000 de euros.
12.4. Las reclamaciones por daños y perjuicios como consecuencia de las acciones anteriores deberán comunicarse por escrito a Impex Barneveld B.V. en un plazo de 8 días a partir de la ocurrencia del daño o del momento en que el comprador hubiera podido reconocerlo, bajo pena de que prescriba toda reclamación de indemnización por parte del comprador.
12.5. Impex Barneveld B.V. no se responsabilizará de los daños causados a sus productos o a los productos de terceros por una causa externa. Se entiende que una causa externa incluye, pero no se limita a, los daños debidos a la calidad del agua.
12.6. Si el comprador reside fuera de los Países Bajos y es responsable del transporte de la mercancía, el comprador garantizará a Impex Barneveld B.V. que la mercancía será efectivamente exportada desde los Países Bajos.
Artículo 13 - Garantía de responsabilidad fiscal
13.1. El comprador eximirá a Impex Barneveld B.V. de todas las reclamaciones de las autoridades fiscales - especialmente, del impuesto sobre valor añadido y/o de terceros - si el comprador actúa de forma contraria a lo anterior.
Artículo 14 - Fuerza mayor
14.1. Impex Barneveld B.V. no tiene la obligación de cumplir con ningún compromiso si se ve impedida de hacerlo como resultado de una circunstancia que no puede ser atribuida a su culpa, ni puede ser culpada de acuerdo con la ley, una acción legal o una práctica generalmente aceptada.
14.2. Si Impex Barneveld B.V. no puede cumplir con sus obligaciones derivadas de un acuerdo, debido a causas de fuerza mayor u otras circunstancias excepcionales como, pero no se limitan a, huelgas, paralización en el suministro de materias primas y/o productos semielaborados e incendios, ya sea en Impex Barneveld B.V. o en sus proveedores, Impex Barneveld B.V. tendrá derecho a rescindir el acuerdo en un plazo razonable. Si Impex Barneveld B.V. no puede cumplir sus obligaciones derivadas de un acuerdo o no puede hacerlo a tiempo, Impex Barneveld B.V. tendrá derecho a ejecutar el acuerdo en un plazo razonable o -si el cumplimiento en un plazo razonable no es posible- a rescindir el contrato total o parcialmente.
14.3. En los casos mencionados en los artículos 14.1 y 14.2, el Comprador no tiene derecho a rescindir el contrato y/o a reclamar una indemnización, salvo la indemnización por daños y perjuicios causados por el retraso.
Artículo 15 - Software
15.1. Sin la autorización previa por escrito de Impex Barneveld B.V., el comprador no está autorizado a desmontar, descompilar, realizar ingeniería inversa, integrar o combinar el software suministrado y/o el software con otros equipos, copiar, reproducir, duplicar, traducir, adaptar, hacer variaciones o cambiar el software en su totalidad y/o en parte, excepto en la medida permitida por la ley.
15.2. En caso de que se infrinja lo dispuesto en el párrafo anterior, el comprador perderá a favor de Impex Barneveld una sanción inmediatamente exigible de 25.000 euros por infracción, sin perjuicio del derecho de Impex Barneveld a la indemnización de la totalidad de los daños derivados de la infracción.
Artículo 16: Derecho aplicable y litigios
16.1. Todos los acuerdos de Impex Barneveld B.V. se rigen exclusivamente por el derecho holandés.
16.2. En caso de que un litigio sea competencia legal del Tribunal de Distrito, la competencia recaerá sobre el Tribunal de Distrito de Gelderland en Arnhem (Países Bajos), o el tribunal competente según la ley, según lo decida Impex Barneveld B.V.